Termas de Labitolosa

Termas de Labitolosa
Excavación arqueológica

Hª de ESPAÑA 2º Bachillerato

En esta página vamos a repasar, de forma concisa, los contenidos de la materia. Además, se os facilitará una explicación de los diez términos de PAU. Vayamos a ello:

LOS 7 TEMAS DE PAU (cada uno con valor de 5 puntos PAU):


  • El liberalismo: ideario, corrientes, y oposición al mismo.
  • El sexenio democrático.
  • El sistema de la Restauración y la oposición al mismo.
  • La dictadura de Primo de Rivera.
  • La II República.
  • La guerra civil española de 1936-1939.
  • El franquismo.



LOS DOCE COMENTARIOS DE TEXTO (cada uno con valor de 2 puntos PAU)


Siglo XIX


  • La Constitución de 1812 (La Pepa)
  • Exposición de motivos del decreto de desamortización de Mendizabal.
  • El político militar.
  • La construcción del ferrocarril.
  • La I.L.E. (Institución Libre de Enseñanza)
  • La Federación de Trabajadores de la Región Española y "La Mano Negra".
Siglo XX.

  • Tratado de paz entre España y Estados Unidos (1898, fin guerra Cuba)
  • Manifiesto del Frente Popular.
  • Ley de Bases de Reforma Agraria (1932)
  • La guerra civil (1936-1939).
  • Ley de Responsabilidades Políticas (1939)
  • La declaración del Congreso de Munich del Movimiento europeo (1962).




LOS 10 TÉRMINOS (cada uno de ellos con valor de 1 punto PAU, a contestar dos):


  • Al-Andalus.
  • La repoblación cristiana.
  • Mudéjares y moriscos.
  • El trabajo de los indígenas americanos: las encomiendas.
  • La Inquisición.
  • La paz de Westfalia, fin de la hegemonía de la Monarquía Hispánica.
  • Decretos de Nueva Planta (dinastía Borbónica en la monarquía española) y fin del foralismo.
  • La Ilustración.
  • Los señoríos.
  • Características del Antiguo Régimen.



Sobre el examen PAU:

Salvo cambio, el examen de PAU se contestará en tres folios con márgenes. Así, el espacio total será de seis carillas. Como mucho y máximo, una de estas carillas, debe destinarse a los términos (con un valor de 2 puntos). Recordemos que el comentarios de texto vale 3 puntos, y que el tema vale 5 puntos (como valoraciones totales en caso de que se tengan bien).

Desarrollo de los 10 términos:


En principio, en el examen de PAU, de los siguientes diez términos, se ofrecerán cuatro al alumno para que conteste dos. El valor de la pregunta es de 2 puntos y, cada término correctamente contestado, alcanzaría, como máximo, 1 punto.

En el siguiente desarrollo no se va a tener necesariamente en cuenta el espacio real del modelo PAU ni de la extensión máxima para términos de los exámenes en el centro. Así que tocará resumir lo que aquí aparezca. 

No hay que olvidar nunca, en la contestación, ni una correcta explicación del concepto, ni una buena contextualización del mismo. Ni que decir tiene que es preciso atender a una buena y exacta síntesis en la exposición para poder encajar toda explicación del examen en el espacio con el que contamos.

¡ÁNIMO!

Romanización


Por el momento no se trata de un término nuevo pero, resulta un antecedente importante de la historia peninsular destacando el legado cultural y social (legislación, credo religioso) que nos aporta.


La romanización es el proceso, extendido en el tiempo, por el que una área y su población sometida y, o, gobernada por Roma, adquiere algunas de sus características culturales. Recibe su lengua, su legislación, algunas costumbres, que se pueden mezclar con las autóctonas, etc. En la península ibérica se inicia a finales del siglo III a.C. Supone el comienzo de la ocupación para defender sus intereses en competencia con la otra potencia, del momento, en el Mediterráneo, Cartago (en el actual Tunez). Así pues, se da en el contexto de las guerras púnicas, que enfrentaron a los romanos, latinos, con los cartagineses, púnicos, de origen fenicio.



En cierto modo, la romanización, o la forma de vida bajo Roma, acabaría en el bajo imperio con el final del dominio y caída de este imperio y la ocupación germánica. No obstante, pervivió una fuerte capa hispanorromana que, entre otras cosas, cambió las creencias de los invasores pues, la cultura producto de la romanización, era más fuerte que la invasora. 



En cuanto al fin del proceso de conquista, una dominación militar, suele atribuirse al principado de Augusto quien pacificaría el área cántabra. 



Destaca la creación de ciudades, además de un impresionante legado patrimonial del que uno de los signos más evidentes es el conjunto de lenguas romances (derivadas del latín) habidas en la península.

https://www.youtube.com/watch?v=N982bf4PfRU

https://www.youtube.com/watch?v=VIWpg5uMB7A

La caída de Roma y la ocupación por los pueblos germanos, en especial por los visigodos desde inicios del siglo VI d.C supone la génesis del primer gran reino unificado e independiente en la península que jamás hubiese existido. De ahí la importancia de la invasión visigoda pero, también del legado romano, pues la lengua pervivirá, las tradiciones bajo imperiales y cristinas (mezcladas eso si con las germanas) etc. Y dará paso a un ideario de unidad y reclamación (justificación en ocasiones muy manipulada de conquista) de los cristianos que se decían herederos de aquellos, frente a los musulmanes.



Al-Andalus (páginas 16-17 manual Vicens-Vives):


Al-Andalus es el nombre dado por los musulmanes al territorio bajo su control en la península ibérica. (EJEMPLO DE CONCEPTUALIZACIÓN)

El espacio que ocupó fue variando a lo largo de los ocho siglos de presencia de reinos musulmanes en suelo peninsular. Hay que recordar que el dominio musulmán se inicia en el año 711 (siglo VIII d.C.) y termina en 1492 (siglo XV d.C.) tras la caída del último reino, Granada con la rendición de su último dirigente: Boabdil el Chico.

La introducción del islam se debe a la expansión de ésta cultura-civilización, surgida de suelo arábigo en el siglo VII de la era cristiana, y liderada por Mahoma y sus sucesores. En sus inicios, y con capital en Damasco, el Islam dominó un territorio expandido por todo el norte de África  y occidente Europeo (Península Ibérica y sur de Francia), además de, por el éste, Irak e Irán y zonas al norte de la India. 

Tal expansión hizo que, ya no fueran árabes todos los musulmanes llegados a ciertas partes de imperio y que fueran otros grupos tribales o razas, como los bereberes norteafricanos, los protagonistas de ciertas andanzas. Los bereberes fueron importantes en la Península Ibérica. No obstante, los pactos con la población local, pactos de conversión, nos han de hacer ver que los invasores y pobladores musulmanes foráneos fueron una minoría.



A fines del siglo VII eran una fuerza en el norte de África y Magreb actual y participaron en las luchas entre los reyes visigodos apoyando a unos u otros. Ésto dio paso a su entrada en la Península, en la victoria sobre el último rey visigodo D. Rodrigo, y en los pactos con las élites hispano-visigodas. Éstas, a cambio de conservar su poderío y sus bienes, aceptaron el gobierno musulmán. Entre otras de las contrapartidas se halla la conversión de éstos poderosos nobles y, gracias a ellos, la de las personas (siervos) de sus dominios. Un ejemplo muy claro es el pacto de Tudmir (Teodomiro en godo, que sería de la zona del levante hispano), que nos ha sido conservado con el nombre del noble que pacta arabizado. También la familia de los Casius (Casio) nombre todavía latino de poderosos hombres en el valle del Ebro que pasó a ser Banu Qasi (donde Banu es familia, grupo familiar, como el gens latino).

Se reconocen cinco grandes fases en la historia del Islam andalusi:

1. Emirato dependiente de Damasco y Bagdag (711-754).
2. Emirato indepndiente de Bagdag (754-929).
3. Califato de Córdoba (929-1031).
4. Periodos de Taifas (división en reinos) y ocupación de Almorávides y Almohades (1031-1238).
5. Reino Nazarí de Granada (1238-1492).



Tal vez para entender parte de esta terminología hay que entender una diferencia que será esencial. La del significado del término Califa. El Islam entiende que el único profeta, persona en contacto con Ala, fue Mahoma. Otros grandes hombres como Jesús son considerados como profetas pero, desde su creación, expansión, el profeta es Mahoma (de hecho en el acto de fe del musulmán suele recogerse la afirmación de que no hay más dios que Dios/Ala, los árabes pre-islámicos eran en su mayoría politeístas, y que Mahoma es su profeta). No obstante, hay un líder de la Umma (comunidad de creyentes del Islam) en lo político y en lo religioso tras la muerte de Mahoma, son los Califas. Un Emir, por mucho poder político que pueda llegar a tener, no es en si un líder religioso. Como mucho, lideraría a los fieles de su territorio en representación del Califa.

No obstante, en el siglo VIII, el mundo musulmán entra en guerra interna y, dos familias que se sienten con derechos por el califato luchan entre si. Los Omeyas, los califas al mando del momento, y los Abbasis, que vencen a los anteriores y se harán con el califato llegando a trasladarlo al interior de su imperio, a Bagdag, frente a la más cercana a la costa y al Imperio Bizantino, Damasco.

En principio, toda la familia Omeya fallece menos un príncipe, Abd-Al-Rahman, que llegará a Al-Andalus, y se hará con el poder. A pesar de pertenecer a una familia califal, ni él, ni sus primeros sucesores, se atreverán a fracturar el liderazgo religioso de la Umma en manos Abbasis. Aunque si fracturarán el político. Como vemos, la cosa cambia a inicios del siglo X. 

El califato de Córdoba supuso una de las fases de máximo esplendor del Islam peninsular y, además, de máximo esplendor en el Occidente europeo. Destaca la vitalidad constructiva (Medina Azahara, mezquita de Córdoba) entre otras muchas. El califato se inicia cuando el emir Abd-al-Rahman III, pacificado Al-Andalus (que siempre será un territorio de disputas internas y divisiones), debilitado a la par el concepto de unidad califal anterior por la pérdida de poder de Bagdag, decide nombrarse Califa (líder político y religioso de la comunidad de creyentes, Umma).

No obstante, este periodo de poder político dura poco y, su ruptura en reinos musulmanes (uno de ellos el de Saraqusta, Zaragoza) se produce poco más de cien años después y tras un periodo de dominio militar liderado por un gobernante de los califas, Almanzor.

La división en Taifas fortaleció a los reinos cristianos, que "ayudaron/protegieron" militarmente a los islámicos a cambio del oro que al final, les sirvió para crecer y expandirse. De ahí que la reconquista, los historiadores, la inicien en el siglo XI.

La historia de los siglos XI a XIII no es sencilla y, además de las luchas entre musulmanes y entre musulmanes y cristianos, se producen las intervenciones de dos potentes imperios norteafricanos, almorávides y almohades que, acabarán creando descontento entre los propios musulmanes. La debilidad y caída del último de ellos tras la batalla de las Navas de Tolosa de 1212 supuso la conquista de casi todo el territorio de Al-Andalus salvo el reino "permitido" de la dinastía Nazarí de Granada.



En lo social destaca la importancia de la recuperación de textos clásicos que vuelven a Europa a través de traducción árabes (Aristóteles) lo que lleva a la creación de escuelas de traductores, incluso en época cristiana, como la de Toledo de Alfonso X el Sabio.

Destaca a su vez su economía urbana y mediterránea, además de la traída a Europa de metales preciosos de África, gracias a su contacto con el Magreb musulmán como intermediario.

Es importante la reactivación y expansión de los sistemas de regadío, que dejan huella en la agricultura a través de los musulmanes que, tras las conquistas, quedarán en territorio cristiano.

Destaca, además del arte islámico, el arte que queda entre los cristianos hecho por alarifes musulmanes de las gentes "a las que les es permitido quedarse" (mudejares o muyaidines) y así mucho del arte mudejar en Aragón.

También la importancia en el vocabulario: azucar (a es el articulo en árabe, sucar el sustantivo, literal, el sucar), aljibe (al artículo, sustantivo yub, un pozo o cisterna excavada en roca), también almohada, albañil, almutafaz, Alcañiz, Calatayud (Calat/Qalat es castillo, o fortaleza, como en el caso de Al-Qars conocido como Alquezar) o la propia Andalucía etc...

 Alchup/Aljibe (Azanuy-Alins, Huesca)

 Techumbre mudejar Sta Mª Teruel

 Torre de San Salvador, Teruel.



La repoblación cristiana: cartas de repoblación y fueros (páginas 18 a 22 manual Vicens-Vives):


Se entiende por repoblación la llegada organizada o no (por un poder político) de población a un territorio para el habitat, gestión y explotación de éste. Las cartas de repoblación serían concesiones a grupos de "venidos" para animar a su asentamiento y a la atracción de más población. Lo mismo que los fueros, derechos reconocidos por escrito por los que se regiría un territorio.

La repoblación se produce, en este contexto, tras la ocupación por los cristianos de territorio abandonado por, o arrebatado a, los musulmanes. En muchas ocasiones, el carácter de frontera (Extremadura) que tenían en ese momento estos espacios, con sus implicaciones, no animaba a su ocupación. De ahí esas cartas de leyes o derechos reconocidos. 

Algunas, como el fuero de Estella o Jaca, son cartas de derechos, repoblación/refundación, para potenciar núcleos poblacionales y general mercado y posible urbe (ciudad).

La repoblación debe asociarse, cronológicamente a la ocupación musulmana. Así pues, de inicios del siglo VIII al siglo XV. Tanto desde el inicio, aquellos lugares que los musulmanes no ocupen o que, por los enfrentamientos entre sí, abandonen, como se cree paso desde el siglo IX en la zona del Duero, serán las zonas de formación de reinos o condados cristianos (al principio tolerados por los musulmanes y dominados en ocasiones por potencias europeas como los francos, carolingios). El abandono de espacios como el duriense (Duero) o zonas pirenaicas, favorecerá la expansión cristiana.

La reocupación y repoblación se acelerará con la reconquista (desde el siglo XI), que tiene lugar tras el fortalecimiento de los reinos cristianos y la debilidad de Al-Andalus a la desintegración del Califato de Córdoba y la génesis de los reinos de Taifas. La reconquista supone ya el uso de la violencia de forma generalizada por estados feudales cristianos, así como el cambio de equilibrio entre las dos culturas.



Podemos distinguir tres fases en la reconquista y repoblación hasta la configuración del Reino Nazarí:

1ª etapa, siglo XI hasta mediados del XII, consolidación sur valle del Duero (llegando muy al sur, hasta el Tajo, con la toma de Toledo 1086), y Ebro.

2ª etapa, mediados siglo XII a 1212, conquista hasta alto Guadiana en Castilla y ríos Turia y Jucar en Aragón (fundación Teruel y su comunidad de aldeas).

3ª etapa, 1227 a 1262, expansión de Extremadura, valle del Guadalquivir y Murcía por parte castellana y de Valencia y Baleares por Aragón. Queda el Reino musulmán de Granada.

En la primera fase, una de las características principales es, que en las zonas lejos de la frontera (excepciones como Teruel, por ejemplo), la población mudéjar conserva sus tierras de cultivo y vive con los cristianos pero segregada de éstos. Mientras, en los núcleos fronterizos prima el proceso de otorgamiento de fueros o cartas pueblas para atraer población. Hay que entender lo complicado de que gentes de zonas cada vez más alejadas de la frontera acudieran a regiones susceptibles de verse envueltas en contiendas.
Entre los fueros de poblamiento, Jaca (1064), Teruel etc...

En la segunda fase, cobran importancia las órdenes militares.

En la tercera fase debemos destacar la complicación para atraer población por la rápida extensión de la toma de posiciones musulmanas y la escasa población cristiana susceptible de desplazarse. Por eso, en zonas de Valencia, Andalucia, entre otras, queda población musulmana.



Mudéjares y moriscos (págs. 36, 46 y 52 manual Vicens Vives):

En el caso de los mudéjares, hablamos de población de cultura musulmana que convive con los cristianos bajo dominación de éstos a lo largo de distintas fases de la historia peninsular. En el caso morisco, por su parte, habiendo implicado cambio de confesión religiosa. Es decir, en principio, se trataría de población de confesión cristiana.

De hecho, suele recordarse que mudejar deriva de muyadan, algo así como doméstico o domésticado, dominado. La ocupación del espacio peninsular por parte de los cristianos, en especial desde la Reconquista iniciada en el siglo XI, acelera esa situación de gentes de la anterior cultura dominante, dominados ahora por los conquistadores. Estas gentes tienen permitido quedarse por:

-Necesidades poblacionales, provocaría su marcha un abandono del espacio.
-Necesidades agro ganaderas y comerciales. Su marcha generaría un parón en dichas actividades.





No solo queda bajo dominio cristiano población de confesión islámica. También los judíos pasan a dominio cristiano mas, en este caso, no habían sido los dominadores políticos en el territorio. Es decir, pasan de estar en territorios musulmanes a territorios cristianos.

Aunque la actividad musulmana y el peso en la cultura fue, como en el caso sefardí importante, se convirtieron en el chivo expiatorio (también como en el caso sefardí) de muchos de los problemas periódicos que toda sociedad de tipo feudal, de Antiguo Régimen, vivía.

En un inicio, su condición de maurum pacis, moros de paz (el término moro hace referencia a mauritano por el origen norteafricano occidental de mucha de la población, aunque se confunde con musulmán y, además, la Mauritania es una conceptualización geo-política, provincia del imperio romano, pre islámica) les permitió conservar su religión y costumbres. Solían vivir en aljamas o morerías, separadas como las zonas judías de la ciudad de la población cristiana. Es decir, tenían barrios propios para segregarlos del resto de la comunidad, con ciertos grados de autonomía en su organización interna.



Es cierto que este hecho, no solo permitía su organización religiosa particular, también su defensa en caso de ataques del resto de la población. En el caso de los progromos contra sefardíes, la posibilidad de cerrar las puertas de acceso a sus barrios, les permitía frenar los ataques de los cristianos hasta la ayuda y pacificación de las autoridades.



Con la toma de Granada en 1492, y la expulsión judía, la presión contra los mudejares se incrementa, en especial, para forzar su conversión. Para evitar expulsiones, y ante la posibilidad de conversión, mucha de la población se fue haciendo cristiana. De ahí ese concepto de cristiano nuevo y la importancia para muchos peninsulares, o la definición de muchos personajes de la literatura del siglo de oro, como cristianos viejos.

Durante la época de Carlos V los cristianos nuevos, o moriscos, término despectivo que comenzará a usarse, vivieron en cierta calma pero, en época de su hijo, Felipe II, la cosa fue cambiando. Se les prohibió usar su lengua, vestidos y costumbres (a partir de 1566) y eso generó una sublevación en las Alpujarras granadinas (1568-1571)que acabó sofocada por las tropas del rey.

En 1609, Felipe III, decretó la expulsión de los moriscos que se concretó unos años después. Esta expulsión fue muy lesiva para territorios como Granada, Levante y Aragón, donde vivía el grueso de la población morisca. Además perjudicó a muchos señores nobles pues, el grueso de esta población, vivía en territorios de señorío. Es el caso, entre otros, de la aragonesa casa de los Luna, condes de Morata con señorío en Illueca, Chodes, Gotor, Morata de Jalón, Arándiga, entre otros. Algunas de las localidades de sus dominios, prácticamente se despoblaron.

Las encomiendas y el trabajo indígena (pp 38 a 43 de Vicens Vives):

Las encomiendas son propiedades otorgadas a algunos de los primeros "conquistadores" de la América española. En ellas, estos grandes propietarios, los encomenderos, aprovecharán la escusa de haber recibido encomendados indígenas para su instrucción y evangelización y los harán trabajar (explorarán) a su favor.



El contexto en el que nos encontramos es el de exploración y ocupación del continente americano que, curiosamente, comienza con la competencia entre las monarquías peninsulares por abrir nuevas rutas hacia las Indias orientales en busca de especias y otros productos. Así, a las exploraciones de Bartolomé Días y Vasco de Gama por parte portuguesa, y entre otros hitos, se une la expedición de Colón que llega a territorios caribeños.

Posteriormente a los descubrimientos, se producen procesos de conquista y ocupación de extensas áreas, en especial por parte del caso hispano. En sus territorios nos encontramos con la ocupación de las áreas de dominio e influencia de Aztecas e Incas.

Todo ésto otorga poder sobre un gran número de territorio y nuevos recursos que, en la zona mexicana y peruana, se concretan además con las minas argentíferas de Zacatepas (México) y Potosí (Perú).

Era preciso movilizar mano de obra para, de un lado trabajar las tierras otorgadas a los conquistadores, de otro, poner en funcionamiento la minería de la plata, indispensable para la monarquía.

Para este trabajo era preciso forzar a la población indígena pero, hay que recordar como, esto debe hacerse concibiendo como seres con alma y, por lo tanto, no como potenciales esclavos, a los indígenas americanos. Para eso se emplea tanto el recurso de la encomienda, la entrega a un encomendero con la escusa de velar por los indígenas. Y la mita, que era una obligación laboral que, ante todo en la zona de territorio Inca, ya se debía al estado. Así, se aprovecha ésta para poner a trabajar en la minería a la población autóctona americana.

La encomienda, como institución jurídica, también usa de las obligaciones laborales a los caciques autóctonos por lo que, entre otras cosas, pretende no maltratar y respetar los bienes propios de la población natural. El problema fue que su supuesto buen fin se pervirtió pronto llevando a considerar la encomienda, por parte de los colonos y sus sucesores, como un bien hereditario que va asociado a un fuerte poder jurisdiccional y a la exigencia de fuertes tributos. El encomendado, pasará a ser un tributario.

Así, estas prácticas implican que la población amerindia sufra un fuerte choque que, unido a la aparición de nuevas enfermedades, la diezme. La disminución del número de pobladores origniarios fue muy fuerte, llegando, en la zona caribeña, a su práctica desaparición. Por ello, se introduce con fuerza la mano de obra esclava africana y, por otra parte, la presión de las órdenes religiosas para evitar los excesos con la población autóctona.

Fueron los domínicos, y en especial Bartolomé de las Casas, quien con mejor suerte hizo oír sus argumentos en favor de los naturales americanos. Se consiguió la aprobación de las Nuevas leyes de Índias en 1542 (bajo Carlos V) y un debate sobre el tema en la Junta de Valladolid (controversia de Valladolid) entre 1550 y 1551.

 Fachada del Colegio de San Gregorio de Valladolid, actual Museo Nacional de Escultura, donde tuvo lugar la Junta.


Esto llevó a la aprobación de normas como las que dictó Felipe II prohibiendo la expansión si, previamente, no acudían a territorios indígenas, misioneros a predicar la doctrina de la fé. No obstante, las necesidades, sobre todo en la zona minera, hicieron que no se disminuyera lo ya aplicado. Además, será difícil, a pesar de los frenos, arrancar a los encomenderos su mano de obra barata y, en caso de perder ésta, o de nuevas plantaciones, se requerirá de mano de obra esclava.

Una curiosa nueva fórmula que apareció fue la de la reducción. La reducción es una figura que supone que, aunque haya encomienda y encomendero, en realidad, los propietarios de tierras y bienes eran los propios indígenas. Muchas de éstas fueron obra de diversas órdenes religiosas destacando franciscanos y jesuitas. En especial, éstos últimos, se extendieron en la zona tribal de los guaraníes, con una población de hasta 84000 indígenas a fines del siglo XVIII. En éstas, se respetaba y servía para la organización, la estructura tribal guaraní. Su fuerza, pero ante todo la protección de tan inmenso espacio, forzó a las coronas de España y Portugal a la disolución de las reducciones guaraníes y, ayudó a la de la orden en época de Carlos III.


https://www.youtube.com/watch?v=4QeDOT2Fqb0


Las prácticas como la mita fueron abolidas en 1791.

La Inquisición (pp 36 y 96-97 de Vicens Vives):

La Inquisición, o Tribunal del Santo oficio es un organismo judicial religioso creado en la edad media  (siglo XII) para el control de la doctrina y la pureza de la fe. En su control de la herejía actúa con extrema dureza aunque, en cuanto a la ejecución, entrega el reo al brazo secular. Son sus más destacados inquisidores miembros de la orden de los dominicos.

Su implantación (desde mediados del siglo XII y controlado cada tribunal por un obispo) y, en especial desde 1231 cuando se hace cargo directamente el papado, se va dando por Europa. Es especialmente apoyada en la península hispánica, desde los RRCC y con los Austrias.



En el área hispánica, su implantación general se da desde 1478 con una nueva reglamentación y durará hasta su disolución con el liberalismo a inicios del XIX, siendo su primera abolición paralela al proceso constitucional gaditano y de disolución del Antiguo Régimen.

Una de las características por las que la Inquisición era muy apreciada por parte de la Monarquía es que, a consecuencia de su organización, se hallaba presente en todos los reinos de la casa de Austria (herederos de los Reyes Católicos) y, podía usarse, como medio de control de mentalidades y casos graves contra el monarca. Así sucedió en Aragón a fines del siglo XVI y bajo el reinado de Felipe II con Antonio Pérez. También existen juicios llevados por la inquisición sobre el paso, contrabando, de ciertos animales de tiro, en especial en Aragón.

Contaba con Inquisidores Generales (el más famoso fray Tomas de Torquemada, en época de los Reyes Católicos), así como sedes oficiales generales (La Aljafería en Aragón) y con tribunales de distrito. En realidad ahondaba una de las características del Antiguo Régimen, la división judicial y la gran cantidad de tribunales, jurisdicciones, derechos y normas actuando a la vez lo que generaba más dificultad en la práctica administrativa, que claridad. A esto se suma la figura del familiar del Santo Oficio que, además de agente del tribunal, puede solicitar la participación de dicha institución en casos que le afecten aunque nada tengan que ver con lo religioso.

http://dara.aragon.es/opac/app/results/?pa=1&q=peralta+de+la+sal&st=.2.5.8.12.19.23

El control sobre la población es enorme. En especial en cuestiones ideológicas y religiosas por lo que, en realidad, mantiene el temor ante desviaciones. Vigila a los converso y está atenta de prácticas judaizantes. Recordemos que la población judía, sefardí, había sido expulsada por los Reyes Catolícos salvo ciertos casos y siempre previa conversión. Su actuación se intensificará con el paso del quinientos y volverá a ser dura con los procesos de expulsión y control de población morisca que, como se ha dicho, será definitivamente desplazada de los reinos peninsulares.



En cuanto a casos de desviación de la doctrina, famosos son los procesos de Sevilla y Valladolid, en los inicios del reinado de Felipe II, y que suponen una actuación sin precedentes por su rigor y por asociarla los monarcas hispanos (Carlos V, vivo pero retirado en Yuste, fue consultado) a los procesos que habían producido división y conflictos en el Imperio en época de Lutero y con Carlos V en su apogeo. Es decir, por tomar la heterodoxia religiosa como un problema para la política y tranquilidad del Estado. Así, en 1559, de los apenas treinta detenidos en Valladolid, catorce fueron quemados. En Sevilla, en el mismo año, con más del doble de condenados (también por ser ciudad comercial estaba abierta a más trasiego de gentes e ideas) dieciocho personas fueron quemadas.

Las denuncias aceptadas podían ser anónimas y, para obtener la confesión, desde el siglo XIII, era admitida como normal la tortura. Las consecuencias de los procesos, siempre registrados y, en muchos casos, con consulta de testigos ante un inquisidor de zona, podían ser graves como las arriba reseñadas, incluida la cárcel perpetua en sedes inquisitoriales. Se podían cargar multas (por ejemplo por proferir blasfemias), hacer cargar con sambenitos o la cruz, marcas que identificaban al condenado con la pena y la deshonra etc...

 Ejemplo de sambenito.


La Inquisición perdió algo de fuerza a lo largo del XVII y en el XVIII, pero aún en este siglo controló, en especial, la introducción de ideas a través de las publicaciones. Fueron sometidas a escrutinio todas las que pudieran guardar relación con las nuevas formas de ver el mundo de los Ilustrados mas, en ocasiones, fueron ilustradas ciertas élites aristocráticas.

No obstante, su capacidad para actuar como vigilante del poder institucional, político autoritario y religioso fue inmenso. La población se vio homogeneizada a un catolicismo romano sin desviaciones y, a través de la Contrarreforma, se intensificó ese modo de pensar tan monolíticamente ortodoxo. Éste perduró, en cierta forma, hasta las etapas liberales haciendo del clero, tras la criba y la vigilancia de este tribunal represor de casi cualquier otro foco de creación de opinión, el casi único vehículo de transmisión de ideales. Caso este muy señalado en la guerra de la Independencia contra Francia, cuando uno de los agentes de agitación fue el religioso.

El fin de la hegemonía española: la paz de Westfalia (pp 52 y 55 Vicens Vives):

La paz de Westfalia es un pareja de tratados internacionales firmados en 1648 en Osnabruck y Munster que ponen fin, a la guerra de los Treinta Años en el Sacro Imperio Romano Germánico, en la que la Monarquía Hispánica (MH) participará en ayuda de los Habsburgo centroeuropeos, pero también a la guerra de los ochenta años entre la MH y las Provincias Unidas (Holanda) que conseguirán su separación reconocida de la autoridad de sus antiguos señores. Eran estos la rama Habsburgo o Austria que también gobernaba en Madrid.

No obstante lo dicho, la contienda que, en cierto modo está soterrada en la guerra de los Treinta Años entre Francia y la MH no terminará con esta paz sino con la paz de los Pirineos (1659) años después de la recuperación de Barcelona por las tropas austracistas en 1652.



Los antecedentes de dicha paz no son otros que la creación de la herencia Habsburgo, consecuencia no pretendida por la política matrimonial de los Reyes Católicos, y las luchas de religión que se entremezclan con los conflictos por la primacía continental que ostentaban los reyes hispánicos desde dicha herencia.



En especial, las guerras de religión, aunque primero se da la escisión religiosa, sorprenden a Carlos de la casa de Austria, como emperador del Sacro Imperio, y se convierten, además de en religioso, en un tema político. Dicha situación, la hereda su hijo Felipe II que, aunque no era emperador, tenía derechos sobre territorios del Sacro Imperio y, además, era familiar directo de los emperadores. También debe sumarse que, al iniciarse las contiendas para separar los Países Bajos (sobre todo la parte protestante) del dominio de los Austria, éstos pueden buscar apoyo en los protestantes que ya, desde Carlos V, habían luchado contra el poder imperial.

Hay que tener en cuenta que, el Sacro Imperio, contaba con un poder destacado de los príncipes de los estados del mismo y que, el luteranismo y el protestantismo, al negar el poder del Papa, dieron potestad a los inmediatos señores locales y territoriales en el ámbito religioso lo que, más que al Emperador, daba mayor fuerza a los príncipes, muchos de ellos electores palatinos. ¿Qué quiere ésto decir? Fuerza a aquellos nobles que, además, tenían potestad para elegir, votar, a su emperador.

Carlos V, acabó viendo éste como un desafío personal, a su propio poder, pero las influencias sobre otros rebeldes o contrarios, atizadas por una gran fuerza de movilización, unidad, la religiosa, fueron un problema ideológico (en lo religioso) y político, para sus sucesores o sus aliados. Entre éstos, principalmente, los emperadores de la misma dinastía.

Es por ello que, cuando como un problema interno se dio la defenestración de Praga (eliminación de los emisarios imperiales a Bohemia en 1618), sirvió de acicate para comenzar un conflicto por el control del territorio y de las diversas fuerzas pro-católicas o pro-protestantes. Felipe III fue reclamado en ayuda de su suegro Fernando II, el emperador.

La guerra se mezclará, en sus varias fases, con el fin de la tregua de los doce años con Holanda y la vuelta a las hostilidades con ésta. Además se prestarán los apoyos de potencias que, como Francia, pretenden luchar contra el poder de la MH o de otras, como Suecia, que compiten por la zona del norte de Europa.

Esto supondrá innumerables tensiones en las monarquías modernas pues la petición de recursos y hombres en sus territorios, no solo las desangra, también produce revueltas internas (Francia y MH con Cataluña y Portugal) que acabarán por debilitar esos estados y acabar o decantar el resultado de las contiendas abiertas. En el caso hispano, no solo se separará Portugal, habrá que poner fin a la secesión catalana y, al fin, será el número de frentes lo que hundirá a esta potencia aunque, al inicio de las contiendas, había obtenido buenos resultados.

Los Decretos de Nueva Planta y el fin del foralismo. (pp 63, 64 y 79 Vicens Vives):

Entendemos por decretos de Nueva Planta al conjunto de normativas ideadas por la nueva dinastía de Borbón para organizar el gobierno de sus estados peninsulares tras su consolidación en el trono de la monarquía hispánica a inicios del siglo XVIII tras la guerra de Sucesión, 1701-1714.



 Su mayor incidencia se da en los territorios orientales de la península, esto es, en la antigua Corona de Aragón (Aragón, Cataluña, Mallorca y Valencia) donde encuentra mayor base (principalmente en Cataluña) el pretendiente al trono de la monarquía por la dinastías de Habsburgo/Austria, el archiduque Carlos.

Estos territorios pierden sus instituciones propias y, además, ven ahora como se gobernarán a través de cargos con mayor poder militar (capitanías generales):

-Abolió los fueros de Valencia en 1707.
-Abolió los fueros de Aragón en 1711.
-Abolió los fueros de Mallorca en 1715.
-Abolió los fueros de Cataluña en 1716 tras su toma definitiva.

Para comprender los decretos de Nueva Planta hay que entender el contexto en que se producen. De una parte la muerte sin descendencia de Carlos II (el hijo de Felipe IV) de la casa de Habsburgo o Austria y su testamento en favor del duque de Anjou, Felipe. Era éste nieto de Luis XIV y María Teresa de Austria, hermana de Carlos II e hija de Felipe IV.

 Carlos II de Austria

 Felipe V de Borbón


El testamento de Carlos II, dejaba el inmenso imperio de la monarquía española en alianza con Francia y, la posibilidad de que Felipe reinara en ambos territorios, un peligro para las otras potencias europeas. Además, Felipe d'Anjou pertenecía a la casa de Borbón, y la casa reinante en la monarquía hispánica, hasta el momento, era la misma que la del Sacro Imperio. Todo ésto, desencadenó que dicha última dinastía, apoyada por otras potencias (Inglaterra y Holanda, en inicio) abrieran hostilidades para hacerse con el trono español.

Se ocasiona así una contienda internacional y otra interior, peninsular, por el trono de la monarquía hispana. Termina cuando, resistiendo Felipe en la península, el archiduque es nombrado emperador de Austria y pierde sus apoyos internacionales. Así, el miedo a que uno soberano gobierne en Francia y en la península se ve superado por el de que otro gobierne en ésta y en el Sacro Imperio (como en la época de Carlos V).

De otra parte, hay que unir esa guerra interior, entre partidarios de los Austrias y de los Borbones con el hecho de que, el territorio que más apoyó (o más claramente) a los primeros, se situaba en la Corona de Aragón. En ésta se hallaban normas e instituciones distintas a las castellanas y, en el siglo XVI y XVII, habían sido un freno (o así lo ha visto la historiografía en ocasiones) a las prácticas de gobierno más autoritarias de los monarcas.

Tal vez en realidad, la casa de Borbón, más allá de lo ocurrido con anterioridad en la monarquía, vio la oportunidad de ganar poder, quitando, con los decretos de Nueva Planta, las particularidades gubernativas a estos territorios. Modelo que, en cierta forma, también había sido instalado en Francia por el sometimiento de espacios a la voluntad real en época de Luis XIII o, desde época de Luis XIII. Si a todo lo dicho sumamos la feroz resistencia de Cataluña, más allá del fin de la guerra internacional (paz de Utrecht de 1713) y la caída final de Barcelona en 1714 tras casi un año de sitio, vemos la importancia que para el futuro toman los decretos de Nueva Planta.


 Mercado, o mercat, del Born


En éstos se acaba con:
La Diputación un órgano con diputados por cada brazo, estamento, y que vigilaba la gestión del cobro del impuesto de aduanas (las generalidades o generalitat en habla no castellana).
El grueso de la legalidad (los famosos fueros) aunque en Aragón perviven la mayoría de los civiles.
El Justicia mayor de Aragón, en realidad figura poco polémica en el siglo XVII pero se aumenta el control real con la única presencia judicial de la Real Audiencia.
El sistema de Cortes (reuniones parlamentarias de rey y reino) que se habían convocado por última vez solo en Aragón en época de Carlos II.

Desaparece el virrey, cargo civil que puede ser oficial de guerra en situación de contienda declarada por un Capitán General, militar de carrera que desde su posición controlará el gobierno civil y presidirá los tribunales.
Se instala, como en toda la península el ayuntamiento borbónico, frente a la estructura de concejos.
Se instala, para controlar la vida civil y económica de los municipios la figura del Intendente, sin parangón en la Corona de Aragón.
El territorio de la antigua Corona se dividió en provincias y, aunque no siempre se mantuvieron, desaparecieron las fronteras (con función prioritariamente aduanera) entre los territorios de la Corona y con Castilla.

No obstante, las provincias vascongadas y Navarra, mantuvieron, por su lealtad a la casa de origen francés y motivos comerciales con Francia, sus fueros, que perduraron hasta el siglo XIX y, en cierta forma, en la comunidad Foral de Navarra hasta la actualidad tras sobrevivir a las guerras carlistas y a la civil española como región en alzamiento desde julio de 1936. Ésto pone en duda, o matiza, el centralismo borbónico, por lo menos como un programa coherente en su totalidad estatal, pues otros intereses y situaciones, dieron al traste con el.

Si es cierto que los decretos de Nueva Planta reforzaron mucho el poder real y el centralismo cortesano (en realidad en crecimiento en época austracista sin necesidad de anular de facto las instituciones pactistas o privativas de los territorios de la Corona de Aragón) abriendo camino al absolutismo.

La Ilustración (pp 68-69, 72 y 80 Vicens Vives):

Corriente de pensamiento desarrollada en Europa a lo largo del setecientos, siglo XVIII. Bebe de las revoluciones científicas del XVII y de ciertos pensadores que postulan en favor de la libertad de conciencia y opinión. Una serie de intelectuales, especialmente en Francia, va a postular la capacidad humana para juzgar su sociedad y mejorarla. 

Cuestionan la normas morales, políticas y religiosas que las autoridades pretendian imponer sin capacidad de crítica o juicio. Las enseñanzas podían construirse, trasmitirse y mejorarse y, gracias a ello, la humanidad progresar. Es por ello que una de las obras cumbres de la Ilustración es La Enciclopedia, de Denis Diderot y Jean le Rond D´Alambert. Un recopilatorio de conocimientos, especialmente científicos y técnicos.


Tal importancia del conocimiento, la razón y la mejora (trasmitible por la enseñanza y la escritura), da el nombre al periodo de Ilustración o siglo de las luces (age of enlightement en inglés o Aufklärung en alemán). Es un fenómeno que toma especial importancia en Francia, pero que también se desarrolla en el resto del continente, curiosamente al amparo de las monarquías absolutistas.

 Aquí se produce una de las curiosidades de la Ilustración, que a pesar de su crítica a lo dado, y de su carácter innovador, algunos de sus pensadores son aristócratas y que, además, por su deseo de mejorar la sociedad, no tengan empacho en colaborar con las monarquías absolutas. Es un intento de poner en práctica lo posible de sus ideas para que sus estados progresen. Estos lleva a que hablemos del siglo de los monarcas ilustrados o del despotismo ilustrado. Este último término responde a que los monarcas absolutistas pretendían mejoras de sus estados pero, siendo respetado su poder (sin injerencias ni juicios de la población) y los privilegios de la nobleza. Esto dió con unos avances muy poco profundos en las estructuras de los muy desiguales estados absolutistas del setecientos.

            También lleva a la paradoja de que algunos de los máximos defensores de las reformas para un estado más justo, como la propuesta de separación de poderes, sean noble. Así, el baron de Montesquieu, escribió en 1748 El espíritu de las leyes, donde postula la monarquía constitucional y la separación de poderes. Esto significa que una sola persona u organismo no puede ni debe detentar los poderes de legislar (hacer leyes), ejecutar éstas (ejecutivo, poner en práctica las leyes) y juzgar conforme a ellas. Pues, obviamente, esto supone que dicha persona o institución tiene todo el poder y puede usarlo a su antojo.

            No obstante, fue el liberalismo de fin de siglo XVIII, principio del XIX (aunque nacido y desarrollado ya en Inglaterra con anterioridad), el que supuso un jalón para la evolución de las monarquías y los estados de Europa. Así, ya no se trataba como en el caso ilustrado de intentar aplicar, a través de monarcas más o menos dispuestos a ello, el mayor número de reformas posibles. El liberalismo querrá reformar el estado. Para ese fin no establecerá ninguna cortapisa y, por ello, será protagonista de numerosas revoluciones.

            Profesionales liberales, comerciantes, oficiales y funcionarios de menor rango, que formados y con mayor o menor poder adquisitivo, harán crecer un grupo organizado y preparado dentro del tercer estado: la burguesía. Dicho grupo tomará conciencia de si y no intentará ya ascender en la medida de lo posible a la nobleza. Intentará que el estado se asemeje a sus deseos:

·         Libertad e igualdad ante la ley.
·         Garantías judiciales evitando estado absolutos y arbitrarios.
·         Abolición de los derechos feudales.
·         Posibilidad (como en Inglaterra) de controlar los impuestos pagados por la nación. Recuerdese que los directos recaen sobre el estado llano.
·         Posibilidad de acceso a los grandes cargos del estado.
·         Una nación que no es propiedad y, por lo tanto no está conducida, por la voluntad de un monarca que actúa como dueño.
·         Libertad de comercio y creación de mercados nacionales.


            Por otra parte, las monarquías absolutistas entienden que su poder, omnímodo, proviene de Dios, como se ha dicho, y de esta forma, su soberanía. La soberanía, hay que entenderla como la capacidad para gobernar y, o legislar. No obstante en el siglo XVIII, los ilustrados trabajarán otro concepto de soberanía y organización del poder. Por lo menos como idea. Además, desde Rousseau (De hecho, una de sus grandes obras fue El contrato social o Principios de derecho politico), toma fuerza la concepción de contrato social. Los ciudadanos, los seres humanos, acuerdan su forma de gobierno. Suscriben un contrato de gestión. El poder no les viene impuesto de arriba por voluntades superiores como en el absolutismo sino de ellos, de sus propios acuerdos.

"De inmediato este acto de asociación produce, en lugar de la persona particular de cada contratante, un cuerpo moral y colectivo compuesto de tantos miembros como votos tiene la asamblea, el cual recibe por este mismo acto su unidad, su yo común, su vida y su voluntad. Esta persona pública, que se constituye mediante la unión de todas las restantes se llamaba en otro tiempo Ciudad-Estado, y toma ahora el nombre de república o de cuerpo político, que sus miembros denomian Estados, cuando es pasivo, Soberano cuando es activo yPoder, al compararlo a sus semejantes. En cuanto a los asociados, toman colectivamente el nombre de pueblo, y se llaman más en concreto Ciudadanos, en tanto son participes de la autoridad soberana, y Súbditos en cuanto están sometidos a las leyes del Estado."

Jean-Jacques Rousseau
El contrato social (frag. Cap. VI)

En la monarquía española, en época borbónica, la Ilustración se desarrolla de manera menos intensa que en Francia, pero se da. Su monarca más destacado, sin olvidar a Fernando VI y María de Braganza, es Carlos III y destacan proyectos de déspotas ilustrados a pesar de la resistencia del clero, grandes grupos nobiliarios, sectores inquisitoriales, etc.

El despotismo ilustrado intentó mejorar los recursos y la situación económica general en un intento de apuntalar la monarquía absoluta, donde al no pagar los privilegiados, se hallaba siempre carente de recursos.

Destacan ilustrados de la talla de Feijoo, Campomanes, Jovellanos, Aranda, Floridablanca, Olavide o Ramón de Pignatelli. Entre sus medidas:

-Reforma de la Hacienda y fin de los privilegios fiscales (no conseguida).
-La libertad del comercio con América, apertura de puertos al libre comercio sin depender del monopolio de Cádiz (si se dio).
-Desarrollo de la libre industria (con éxitos parciales).
-Desarrollo de la división de poderes, limitación absolutismo (utópica).
-Desarrollo cultural y de la instrucción pública (con éxitos parciales).

Como en Europa, de la Ilustración sale y bebe el pensamiento liberal pero ya, con la claridad por parte de éste de que debe imponer sus reformas. No se puede esperar a que funciones al servicio de reyes absolutos. Los Ilustrados hicieron lo contrario y no tuvieron empacho en apoyar al Estado y ocupar sus puestos. No obstante, en los gobierno de Carlos III y Carlos IV, en especial tras la Revolución Francesa, se vio el fracaso del despotismo ilustrado.

 Melchor Gaspar de Jovellano pintado por Goya. 


Por ejemplo, la reforma agraria de Jovellanos, para acabar con la amortización, solo consiguió la aprobación de la liberalización de precios de 1765. Conseguir que los privilegiados pagaran impuestos resultó, por otra parte, imposible, y se recurrió a la deuda externa.

Además, la cultura ilustrada resultó minoritaria, como los pensadores y la sociedad realmente ilustrada o moderna, parecido a lo que les ocurrirá a los liberales.

Los señoríos: 

Se hace referencia con este término al conjunto de territorios dominados por un señor lo que implicaba, más allá de su propiedad o no, su jurisdicción y poder de ordenación y dirección de ciertos asuntos. Así, el señor, podía aprobar normas de gobiernos de los municipios de sus señoríos, cobrar impuestos en éstos, nombrar a los magistrados (cargos políticos), tomar resoluciones con respecto a la justicia etc.

Esta realidad, asociada a la amortización de ciertas tierras de los señoríos, es decir una suerte de vinculación de las propiedades del señor en el señorío que las hacía inalienables, fue una fórmula institucional que perduró desde la edad media al inicio de la era liberal.



Los señores podían ser laicos (un titulo nobiliar) o eclesiásticos (cuando un monasterio, o un obispado, poseían territorios señoriales) pero también una localidad importante, por ejemplo Zaragoza, podían tener en señorío otra. En este último caso el señorío sobre Longares de la ciudad del Ebro.




Su origen se encuentra en las donaciones que los reyes, en aras de ganarse el apoyo de la nobleza, así como de ir ordenando y administrando su territorio, hicieron a títulos e instituciones desde inicio de la Reconquista. Además, los señores reciben ciertos privilegios. El más conocido es el ya mencionado poder político y jurídico, delegado en el señor por el monarca y derivado de las donaciones feudales, hablo del mero y mixto imperio.

En cuanto a los señoríos, no siempre apareciendo por separado tenemos:

El señorío territorial:

Entre los siglos X y XI tuvo lugar la formación de los grandes dominios o señoríos territoriales. El beneficium, con carácter temporal o en vida del receptor, y que claramente nos recuerda las fórmulas del pacto feudal, un otorgamiento de, en este caso tierras y renta, a cambio de servicio, normalmente militar del señor. El feudum, cuando se convierte en hereditario. Por diversas causas, normalmente de protección, se ven encomendados a infeudarse los campesinos libres. Aquí hay una reserva del señor, trabajada por siervos (no esclavos pero asociados a la tierra) y unos mansos, para hombres libres. No obstante, solía pagarle al señor una serie de rentas.

Las rentas se pagaban en forma de suministros de excedentes (una parte de la cosecha) pero especialmente en días de trabajo que el campesino debía realizar en la reserva. No obstante el señor prefirió ir sustituyendo éstos por pagos en moneda o especie (censos o arrendamientos) y no por jornadas de trabajo, por lo que, la dedicación en tiempo, tendió a disminuir. Además, en el pago en especie, el señor podía sacar a mercado el producto y, en ocasiones, ganar mucho más.

El señorío jurisdiccional:

Se desarrolla a partir del siglo XIII. Se trata de una serie de poderes y funciones públicas y derechos que la monarquía concedía a las élites laicas o eclesiásticas sobre ciertos territorios. Destacan los derechos de justicia y ordenación política del territorio, como se ha mencionado, lo que además podía implicar el cobro de derechos o rentas a favor del señor.

 En verde propiedades de la nobleza, en rosa del monarca.


El Antiguo Régimen:

Término utilizado para hacer referencia a las instituciones de las sociedades de origen feudal y señorial. Es un concepto que se expande por, y desde, la Revolución Francesa de 1789, y hace referencia a aquello que se quería abolir. 

Aunque se usó para hacer referencia a la Edad Moderna, siglos XV a XVIII, se podría ampliar a la Edad Media. Hoy lo podemos entender vinculándolo a los siguientes puntos de análisis:


  • Sociedades preindustriales: Preferentemente agrarias, de bajo desarrollo tecnológico y escasa productividad, en especial se nota en la alimentaria, generando graves crisis de subsistencia. Por lo demás predomina el sistema de producción gremial. Los gremios, donde el dueño del taller y responsable de producción era el maestro, son instituciones jerárquicas. Para ser maestro hay que pasar un examen de habilidad. Por debajo tiene oficiales y aprendices. El gremio limita el número de productores por ciudad, la producción y sus características. Choca con el concepto de libre empresa donde alguien arriesga en su negocio y donde su fijación en el mercado lo marca, no su examen de maestro de gremio, sino su éxito ante el público. Además la oferta la controla la demanda, no las tasas de producción y estilo del gremio.
  • Demografía de Antiguo Régimen: Poblaciones que, atacadas por enfermedades y hambrunas sufrían una esperanza de vida al nacer muy baja y unas altas tasas de natalidad y mortalidad, en especial la infantil donde entre el 45% y el 60% de los niños nacidos no superaban los primeros años de vida (incluso el año y medio de vida).
Mortalidad infantil en Cella (Teruel), quinqui libri siglo XVIII
Año
Nacimientos
Niños muertos
Porcentaje
1761
71
47
66,19%
1762
75
38
50,66%
1763
68
37
54,41%
1764
67
39
58,20%
1765
69
45
65,28%
Total
350
208
59,42%
  • Sociedades estamentales: Frente a la sociedad liberal actual, la antigua estamental supone la desigualdad jurídica ante la ley de cuerpos sociales formados por nacimiento, salvo el clero. No obstante, los puestos del alto clero se reservan o los consiguen hijos de grandes familias, en especial de la nobleza.

  • Sociedades de vasallos: No son, como las naciones creadas con el liberalismo, reinos de ciudadanos con soberanía, sino súbditos de monarcas cada vez con más poder y que se arrogan la soberanía como una prerrogativa propia refrendada por voluntad divina.

  • Sociedad de monarquías absolutas: El monarca va tomando un poder cada vez mayor, evitando en lo posible los contrapesos de la nobleza a su poder (convocatoria de Cortes) pero protegiendo los privilegios de esta casta social. Además concentra todo el poder por lo que, en cierta forma, se suele hablar de que no existe la división de poderes, que será una de las medidas defendidas desde la Ilustración (Montesquieu).



Bibliografía términos:

Además del manual, puede ser útil.

Chordá, F, Martín, T. y Rivero, I. Diccionario de términos históricos y afines. Akal, Madrid, 2012.

Rodríguez García, J y Castilla Soto, J. Diccionario de términos de Historia de España. Edad Moderna. Ariel, Madrid, 2005.



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