“Nos, que somos tanto
como vos y todos juntos más que vos, os hacemos rey de Aragón, si juráis
los fueros y si no, no”.
Las Cortes: Las cortes de Aragón, se inician en la edad media y, en ellas, el rey recibirá subsidios y, en cierta forma, a cambio, sancionará las normativas en ellas aprobadas, los fueros. Es una especie de intercambio entre el monarca y sus súbditos.
Eso si, a ellas no acudía cualquiera, había que ser miembro de los estamentos representativos de la alta nobleza, el clero, los hidalgos o caballeros o, las élites de las universidades. Estos cuatro estamentos formaban cada uno de los cuatro brazos de las cortes de Aragón, si bien, en otros estados de la Corona del Rey de Aragón, sólo había tres brazos o estamentos.
En las cortes, se legislaba para un territorio pero, en ocasiones, por la necesidad, o la temática, había cortes conjuntas de los estados de la Corona, donde acudían representantes de los territorios peninsulares; Aragón, Cataluña y Valencia.
Las cortes perduraron hasta 1707 y disminuyen con el tiempo. El motivo fundamental es que el rey convocaba cortes pensando en los subsidios, dinero y hombres para la guerra o fines militares, que iba a conseguir, pero las cortes no concedían otro hasta no haberse agotado el anterior por lo que, el monarca, no tenía necesidad de convocar nuevas cortes. Para nuestra lógica hubiera sido interesante hacerlo, por la renovación legislativa pero, en la base del pacto, del intercambio, leyes-servicios, estaba implícito, solventar las necesidades de las dos partes.
También es cierto que, ampliado el número de territorios a gobernar, al monarca le era imposible acudir a todos. Así, en lo posible, que no era el caso de las Cortes, salvo para Navarra, donde la presencia del virrey bastó y, por tanto, hubo mayor convocatoria y cambio en leyes, prefirió tender a un gobierno entre delegado, virreyes, y una centralización en la corte. No obstante, cuando fué necesario pactar servicios se acudió a reuniones con el monarca convocadas por éste, como en 1626, 1645, 1676 y 1684.
A inicios del siglo XVIII, la nueva casa reinante, la de Borbón, acabó con el sistema de instituciones privativas, particulares, para la Corona de Aragón, después de, en algunos casos, casi 600 años de historia.
La Diputación de Aragón, como las de Cataluña o Valencia, nacen a fines del XIV y se institucionalizan en el XV, haciéndose permanentes. Su principal cometido será el cobro y manejo de las aduanas del reino de Aragón y el cobro de su impuesto, las generalidades, de ahí su nombre, Diputación del General o Diputació de la Generalitat, que hoy en día ha sido en parte recuperado; DGA o Generalitat para Cataluña yValencia.
El Justicia, oficial del rey que debe mediar entre éste y el reino y velar por el respeto y cumplimiento de los fueros del territorio aragonés. Es un cargo propio de Aragón, hoy recuperado aunque también desapareció a inicio del setecientos con Felipe V de Borbón.
D. Fernando García Vicente, actual Justicia de Aragón
No hay comentarios:
Publicar un comentario